Skip to main content

Opinión: Los centros de servicios logísticos: innovación para la competitividad

En octubre del 2015 el Poder Ejecutivo emitió el decreto No. 262-15, que define y reglamenta los Centros Logísticos y las empresas operadoras de servicios, cónsono a la Ley 1-12 de Estrategia Nacional de Desarrollo (END) 2030, la que proyecta una economía articulada, innovadora y sostenible, entre cuyos objetivos está promover a la República Dominicana como Centro Logístico Regional de transporte multimodal, sustentado, entre otros potenciales atractivos, en la localización geográfica.

A principios de año con relación a la innovadora iniciativa, INTEC impartió diplomado sobre “Logística de Cargas, Sistemas Nacionales e Internacionales” promovido por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), concluyendo los exponentes, expertos nacionales y extranjeros en la necesidad de conformar una masa crítica replicable entre los actores claves del sector público, el privado y el académico para abordar la logística y mejores prácticas.

El concepto logística ha revolucionado técnicas y organización del tráfico comercial, entrelazando sistemas productivos, comerciales y de servicios en la cadena del valor, mediando factores tiempo-distancia que son determinantes de costos, imperativos para contar con aduanas facilitadoras con gestión de riesgos ágil, no discrecional, e infraestructuras y facilidades portuarias, aeroportuarias, viales y de fronteras con las tecnologías apropiadas, personal calificado y política de gestión eficaz y efectiva.

Dicho reglamento define los centros logísticos y empresas operadoras de servicios; conceptos generales, alcance de los servicios; los procesos mínimos en la cadena del valor agregado; las reglas de origen; suspensión de derechos e impuestos, y los plazos renovables para acoger las mercancías.

Definiciones de términos que figuran en agenda interinstitucional y sectorial de la Comisión de Industria, Comercio y Zonas Francas, que participa en el Proyecto de Ley de Aduanas del Senado de la República.

Asimismo, detalla procesos para la administración del flujo de abastecimiento, que incluye almacenaje de materias primas; bienes intermedios y productos terminados en las cantidades necesarias, lugar específico de conveniencias que demanden los operadores económicos de la cadena productiva o comercial en momento apropiado; incluyendo servicios que forman parte del flujo o proceso de suministro, e inventarios ante aduanas, y régimen de destino para la Declaración DUA, o tránsito internacional.

El “régimen” de depósitos de servicios logísticos, conforme lo prevé el artículo uno, las mercancías se declaran con suspensión del pago de derechos e impuestos hasta seis meses prorrogables de igual período, plazo que los operadores podrán destinarlas a consumo, reexportarlas, tránsito o cualquier otro régimen aduanero o económico, o a una o varias de las operaciones previstas en la definición de los servicios logísticos.

Es de resaltar que la ley 8-90 de Zonas Francas de Exportación, Cap. VIII del Régimen Aduanero, artículo 31, refiere que la Dirección de Aduanas establecerá en las zonas francas industriales una colecturía con función de extensión de zona primaria, para mantener control de materias primas o mercancías que ingresen o que se despachen al mercado o tránsito de exportación, operando los Centros Logísticos y de servicios en áreas segregadas en función de regímenes habilitados, conforme normativa de DGA.

De hecho, el Decreto No. 29-98 que crea la Zona Franca Multimodal Caucedo, S.A; bajo la dirección técnica y administrativa de operadora de la Zona Franca Multimodal Caucedo, S.A; que comprende entre otros atractivos, infraestructuras y facilidades del Puerto con estándares de seguridad; teniendo la empresa operadora del centro logístico y de servicios que se establezcan los límites requeridos, conforme prevéart. 6, al ofrecer los servicios que complementan y reglamentan el citado decreto 262-15.

En términos del flujo comercial, estadísticas de Apordom en el primer trimestre 2017, refieren que el tráfico de contenedores de importación y exportación creció 38.5% comparado con igual período del 2016. Las mercancías movilizadas por los puertos fue de 6,597,721 toneladas métricas, 532,626 más que en igual período 2016, así en tránsito internacional un 59.80 %, y exportaciones crecieron 2.76%, en tanto las importaciones reflejan valor negativo –1.74 % al compararlo con el 2016.

El estudio, “Perspectivas Económicas para América Latina 2014, Logística y Competitividad para el Desarrollo” (OCDE-CEPAL-CAF-2013), refiere entre factores claves, la debilidad institucional e inseguridad; automatización aduanera; monitoreo y localización de cargas en tránsito en cada etapa; la declaración electrónica; análisis de riesgos; tránsitos aduanas con dispositivos de sellado electrónicos y monitoreo de rutas, gestión e información y operaciones en terminal, y ventanilla única electrónica.

Si bien la disposición expresa el alto interés del Gobierno Dominicano para normar estos servicios, la planificación y evaluación del desempeño logístico es básico para lograr una mayor inserción en los mercados y ventajas competitivas, ante un bajo desempeño en los países de la región. En el país se registran altos costos logísticos, entre 18% y 35% del valor del producto, que en América Latina y el Caribe equivale entre el 16% y 26% del PIB, para-arancel que para las economías de escala, y de servicios como República Dominicana tiene una alta incidencia para la competitividad.

Por: Luis Sánchez Díaz

Fuente: Hoy Digital

Deja una respuesta