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Impacto decreto 384-18 en las exportaciones e importaciones

El decreto 384-18 justificaría que el problema del sector exportador dominicano se reducía a falta de tiempo operativo en las aduanas. Altos costos; calidad con pendientes; baja productividad que impide ampliar actuales y conquistar nuevos mercados; uso de pesticidas y abonos que generan devoluciones de embarques de productos del agro; inconsistencia en el cumplimiento de contratos, entre otros que parecían urgentes, serían secundarios.

Desde esa perspectiva, el “año del fomento a las exportaciones” quedaría bien saldado con la medida que extiende de 7 de la mañana a 10 de la noche el horario operativo de las aduanas en las principales terminales marítimas y aéreas.

Sin embargo, exportadores e importadores deberán pagar un precio por el nuevo horario. El artículo 5 del decreto 384-18, dice que las instituciones públicas cubrirán con recursos propios los gastos extras que deriven de la extensión del horario; sin embargo, el párrafo del mismo artículo establece un cobro adicional para garantizar la sostenibilidad financiera de la medida y deja en manos del Comité Nacional de Facilitación del Comercio (CNFC) la definición del monto.

Leguleyos y técnicos olvidaron que tasas e impuestos no se crean por decreto y que resulta inconcebible dejar en manos de un comité un aspecto tan crítico. Tampoco repararon en que las entidades privadas relacionadas con el despacho de las mercancías traspasarán los costos extras a los importadores y exportadores que usen los horarios extendidos.

La activa participación del liderazgo del Conep, AIRD, Adozona, Adoexpo, en la elaboración del decreto 384-18, resulta paradójica y justificante.

La DGA puso en práctica la medida dejando pendiente la definición del monto de la nueva tasa y precisar detalles tales como si el cobro se aplicará a todos los importadores y exportadores o solo a quienes usen el horario extendido.

Los abanderados del despacho 24/7 afirmamos que la facilitación del comercio, las aduanas abiertas, son cosas reservadas para actores confiables e instituciones estables y técnicamente preparadas, con un alto perfil ético y con demostraciones de lucha en contra de lo ilícito. Los entes públicos y privados deben asumir ese axioma, para evitar desatinos.

El Programa del Operador Económico Autorizado (OEA), montado ejemplarmente años atrás por la aduana dominicana con el beneficio, entre otros, de un servicio 24/7 a cero costo, es el estándar creado por la Organización Mundial de Aduanas e impulsado por la Organización Mundial del Comercio (OMC), para facilitar el comercio a importadores y exportadores confiables.

El decreto 384-18 ignoró que los contenedores con carga de exportación de zonas francas se reciben en todas las terminales portuarias en horario 24/7, desde siempre e incluyendo días feriados, con la condición de que deben entrar 4 horas antes de la salida del barco. La restricción impuesta por la Dirección Nacional de Control de Drogas a las exportaciones nacionales, que consiste en que la carga debe estar en puerto antes de las 6 de la tarde, se supera con la certificación OEA.

Desdeñaron también que los exportadores dominicanos certificados, cuyo mercado sea el norteamericano o el de Corea del Sur, pueden recibir el extraordinario beneficio de un despacho ágil y privilegiado de sus embarques en las aduanas de aquellos países, sobre la base de los acuerdos de reconocimiento mutuo firmados en el año 2015.

La competitividad tiene que ver mucho con el nivel de los costos logísticos. La UNECE determinó que cada día adicional de retraso en pasos fronterizos reduce el comercio en el orden de un 1% y cuando se trata de mercancías perecederas la merma puede alcanzar un 7%.

 

 

Por: Arquimedes Santiago

Fuente: Hoy Digital

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